martes, 14 de abril de 2015

Deslindes



El termino se define como el derecho que corresponde al propietario de una finca a cercarla, colocar mojones o hitos para deslindarla de las fincas colindantes. Cuando existe discordancia entre los propietarios de dos, o más, predios colindantes, acerca del lugar en que debe establecer la linea divisoria entre las mismas, surge la necesidad de deslindar esa línea divisoria. Este deslinde se puede llevar a cabo mediante acuerdo de todas las partes interesadas.

Con fundamento en :

  • Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 17, 61 y 65
  • Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Chiapas, Artículos 44 y 45
  • Ley Estatal de Derechos del Estado de Chiapas, Artículo 17, fraciónXI.
 Cada ciudadano debe presentar la siguiente documentacion y tramites correspondientes si desea obtener el derecho de Deslinde para su propiedad.

  • Escritura Pública, Título de Propiedad expedido por institución autorizada, Escritura Privada o Resolución Presidencial, en caso de los Ejidos.
  • Boleta Predial vigente
  • Identificación Oficial del Propietario
  • Plano Topográfico
  • Solicitud del servicio
El pago se realiza en En las diferentes Delegaciones de Hacienda del Estado y en las cajas de Centro de Recaudación Local .

El costo dependera de las dimensiones (m2) que el predio contenga.

Hasta 1 hectárea. $ 1,913.10
Mayor de 1 hasta 5 hectáreas. $ 2,550.80
Mayor de 5 hasta 10 hectáreas. $ 3,826.20
Mayor de 10 hasta 20 hectáreas. $ 4,782.75
Mayor de 20 hasta 40 hectáreas. $ 9,565.50
Mayor de 40, se cobrará por hectárea o fracción adicional. $ 306.90

Para el municipio de Tuxtla Chico, Chiapas; los precios estaran en funcion de los m2
Deslinde o levantamiento topográfico de predios urbanos y semiurbanos
hasta de 300 m2 de cuota base $280.00
Deslinde o levantamiento topográfico de predios rústicos hasta de una
hectárea. $140.00
Por cada hectárea adicional $55.00 


Costo de deslinde para el municipio de Tapachula, Chiapas.
Deslinde o levantamiento topográfico en predios urbanos y semiurbanos:

Por los primeros 300 metros cuadrados 5.00 S.M.G.Z (Salario Minimo)

Por cada metro adicional 0.065 S.M.G.Z

Deslinde o levantamiento topográfico en predios rustico:
Hasta de una hectárea. 11.00 S.M.G.Z.
Por hectárea adicional 5.00 S.M.G.Z.


*Fuente: Ley de Ingresos Municipal de Tapachula y Tuxtla Chico Chiapas del año 2012.



No hay comentarios:

Publicar un comentario